Procedimiento de quejas de la ADA

Resumen

Este procedimiento se ha establecido como parte de los requisitos del Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA). Cualquier queja que alegue una infracción del Título II de la ADA por parte del SCC debe presentarse mediante el Procedimiento de Formulario de Quejas que se proporciona a continuación. Se pondrán a disposición de las personas con discapacidad que lo soliciten medios alternativos para presentar una queja. Las quejas laborales relacionadas con la discriminación por discapacidad se rigen por el Manual del Empleado y el Manual de Recursos Humanos del SCC.

Los denunciantes no están obligados a utilizar este procedimiento antes de presentar una queja ante una agencia federal o estatal o presentar una demanda.

Procedimiento del formulario de quejas

La queja deberá ser presentada por el reclamante, o su designado, lo antes posible, pero a más tardar sesenta (60) días calendario después de la supuesta violación al Coordinador de la ADA a través del Formulario de quejas de la SCC ADAUna vez presentada la queja al Coordinador de la ADA, no se podrán añadir reclamaciones adicionales. Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la queja, el Coordinador de la ADA o su designado podrá contactar al reclamante, si es necesario, para solicitar cualquier aclaración o información adicional relacionada con la queja. Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de toda la información complementaria o aclaratoria solicitada, el Coordinador de la ADA o su designado responderá por escrito y, cuando corresponda, en un formato accesible para el reclamante.

Si la respuesta escrita del Coordinador de la ADA o su designado no resuelve el problema a satisfacción del reclamante, este o su designado podrá, dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de la respuesta escrita del Coordinador de la ADA o su designado, apelar la decisión ante el Director Administrativo del SCC (CAO). Toda apelación deberá presentarse por escrito. Se podrán ofrecer medios alternativos para presentar una apelación a las personas con discapacidad que lo soliciten.

Dentro de los 21 días calendario siguientes a la recepción de la apelación, el CAO o su designado podrá reunirse con el reclamante, ya sea en persona o por teléfono, para analizar la queja y las posibles soluciones, si el CAO o su designado considera que dicha reunión sería útil para la determinación. Dentro de los 21 días calendario siguientes a la reunión, o dentro de los 30 días calendario siguientes a la recepción de la apelación si no se celebra, el CAO o su designado responderá por escrito y, cuando corresponda, en un formato accesible para el reclamante, con una resolución final de la queja.

Retención de registros

El SCC conservará todas las quejas, información complementaria o aclaratoria, otra correspondencia o registros recibidos y las determinaciones finales durante tres (3) años a partir de la fecha de la determinación final del Coordinador de la ADA.

 

Oficial de cumplimiento de la ADA de SCC: Greg Weatherford
Contacto: ADA@scc.virginia.gov
Teléfono: 804-371-9141